Un usuario pidió al Defensor del Pueblo que investigue a la Cooperativa

El pasado lunes, Ramón Ángel Coronel se presentó con un escrito ante el delegado del Defensor del Pueblo de Córdoba, Antonio Miras, para que investigue si la Cooperativa hace bien en cobrar un ítem en la factura de energía eléctrica.


Todos saben que en la facturación de la energía eléctrica el consumo de kilowats es lo de menos ya que lo que termina inflando el precio final son los impuestos y tasas que allí vienen incluidas.
A través del decreto 8086 del año 1977, EPEC  y  las Cooperativas fueron autorizadas para actuar como agentes de recepción de los tributos o contribuciones municipales que inciden sobre el alumbrado público. Ese decreto fijó un tope de un 10 por ciento sobre el total del consumo en kilowats. ¿Qué quiere decir esto? Que si usted consume 10 pesos en kilowats debe pagarle 1 peso a la Cooperativa que, a su vez, se lo entrega a la Municipalidad.
Otro decreto, el 2056 de 1988, modificó el primigenio de 1977 para los casos de municipios de probado consumo estacional con una autorización para cobrar hasta el 20 por ciento del consumo por unidad de vivienda en kilowats. Esto quiero decir que se autorizó a cobrar 2 pesos por cada 10 de consumo.
Sin embargo, ese decreto contenía un “pero” que era el siguiente: “Cuando el porcentaje de dicho tributo o contribución superase el 10 por ciento, los entes mencionados (EPEC, Cooperativas) deberán realizar un estudio técnico-económico con apreciación de las necesidades lumínicas de la localidad, elevando dicho estudio a la Subsecretaría del Interior, quien determinará el porcentaje máximo de percepción”.
Pues bien, Ramón Ángel Coronel acompañó en su escrito al Defensor del Pueblo de Córdoba documentación que prueba que la Cooperativa no cumplió con ese “pero” y, sin embargo, aplica el 20 por ciento. El atenuante que podría tener la entidad es que es agente de percepción de un tributo municipal por el que, según Coronel, debiera cobrar un porcentaje por hacerle de agencia de recepción. En apariencia, no lo cobra y transfiere ese dinero a la Municipalidad o lo canjea por las deudas que el municipio tiene por el consumo de servicios que presta la Cooperativa en los edificios municipales. Incluso, el asiento de esa percepción del 20 por ciento no sería  la adecuada, pero eso entra ya en el terreno de la especulación.
Coronel adjuntó copias de los decretos, de un dictamen del asesor Letrado de la Cooperativa, notas y facturas personales solicitando informes, un informe de la propia Cooperativa, el decreto de la Municipalidad, y facturas de EPEC y de otras Cooperativas donde el mismo ítem se cobra pero hasta un 10 por ciento. El Defensor del Pueblo de Córdoba deberá analizar si se está cometiendo o no un atropello a los usuarios.
Claudio Minoldo

Claudio Minoldo

Related Posts:

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.