Editorial: Por la equiparación laboral

El Congreso de la Nación tiene en sus manos un proyecto de ley para otorgar a las empleadas domésticas todos los derechos laborales.

La reciente publicación de la red Periodismo Social sacude a la sociedad con datos sumamente alarmantes: el 85,7 por ciento de las empleadas domésticas no están registradas en América Latina y en pleno siglo XXI.
El trabajo doméstico es el colectivo que está entre los más vulnerabilizados en sus derechos humanos, específicamente los laborales.
No está comprendido en la legislación laboral, lo que socava sus derechos, incluyendo la sindicalización y la negociación colectiva, a pesar de que es el empleo al que más acuden las mujeres en todo el mundo (casi el 100% de las trabajadoras domésticas son mujeres).
El trabajo registrado seguirá siendo una mera promesa para las trabajadoras remuneradas de casas particulares si no se adoptan y ejercen medidas legislativas que reconozcan su situación.
El Gobierno nacional fue quien presentó este año el proyecto de ley “Régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares”, en coincidencia con el el Día Internacional de la Mujer Trabajadora.
Paralelamente, la Comisión Tripartita para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones en el Mundo Laboral (CTIO) tiene entre sus objetivos ampliados contribuir para hacer realidad la valorización de este trabajo en todas sus dimensiones.
El mencionado proyecto que reemplazará al Estatuto del Personal Doméstico por una nueva figura, Personal de Casas Particulares, contempla que gocen de todos los beneficios sociales que le corresponden a cualquier trabajador, para poner en igualdad de condiciones a ese sector en relación al resto de los trabajadores y trabajadoras.
“Es una deuda que tenemos con este sector que involucra a cerca de 1 millón de trabajadores, en su mayoría mujeres, y que aún se rige por un antiguo estatuto que impone condiciones laborales humillantes y precarizadas”, señala el documento elaborado por Periodismo Social.
El nuevo régimen incorpora los principios más importantes del derecho del trabajo y se adecua a las directivas de la OIT y de los tratados internacionales sobre derechos humanos. A diferencia de la ley actual, alcanza a todo el universo del personal que se desempeña en casas particulares, sin importar la cantidad de horas trabajadas e independientemente de la modalidad (con o sin retiro). Los beneficios serán proporcionales a las horas trabajadas.
Entre los puntos principales se establece que la trabajadora gozará de los beneficios de licencia por enfermedad o accidentes inculpables, además de vacaciones pagas y asignaciones por maternidad.
Se otorga estabilidad en el empleo y protección contra el despido arbitrario y se establece la jornada laboral, limitando su duración diaria y semanal, tal como lo establece la Ley de Contrato de Trabajo. Asimismo, garantiza el cumplimiento del descanso semanal de 35 horas continuadas entre sábado y lunes, así como también las pausas laborales diarias de 12 horas entre jornadas, en el caso de personal sin retiro.
Las trabajadoras gozarán de cobertura de riesgo del trabajo y el sistema indemnizatorio por despido arbitrario se ajustará a lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo, además de establecer un piso salarial de acuerdo al Salario Mínimo Vital y Móvil.
Es de esperar que ninguna mezquindad partidaria coharte los derechos de este sector.
Claudio Minoldo

Claudio Minoldo

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