Los chicos en conflicto con la ley


En Argentina hay al menos unos 6.300 niños, niñas, adolescentes y jóvenes infractores y presuntos infractores de la ley penal incluidos en algún dispositivo judicial.

Sin embargo, su realidad es casi desconocida. ¿De qué se los acusa?, ¿cómo viven? ¿a qué sistema de salud y educación acceden en el encierro? y ¿qué pasa con ellos después de abandonar las rejas?, son aspectos que merecen ser visibilizados para comprender el problema con toda su complejidad y que muy pocas veces ha sido tratado durante este año por lo medios (apenas un 2,1 por ciento), vinculándolo casi de manera excluyente con el tema de la inseguridad y en muchos casos sin precisar datos certeros.
A raíz de esa coberturas pareciera que los adolescentes fueran unos de los principales implicados en delitos, pero según los últimos datos del Sistema Nacional de Información Criminal por ejemplo del total de imputados por homicidios dolosos, de los 2.000 asesinatos cometidos en el 2008, sólo 2 fueron cometidos por menores de 16 años.
Según especialistas, las causas que llevan a un chico menor de edad a entrar en conflicto con la ley penal son diversas; por lo tanto, las soluciones para esta problemática son complejas.
En Córdoba, el 62 por ciento no cometió un delito grave. En nuestra provincia, existen unos 430 chicos en conflicto con la ley penal, encerrados en institutos. De ellos, 43 por ciento cometió delitos sin el uso de violencia. Es decir que en la provincia hay unos 185 niños y adolescentes privados de su libertad por delitos calificados como "menores o leves", como el hurto, según publicó La Voz del Interior.
Ese porcentaje aumenta entre los más jóvenes, muchos de los cuales, por la edad, no dejaron de ser niños: entre los menores de 16 años, 62 por ciento no cometió un delito grave.
Estos chicos "están privados de su libertad por delitos contra la propiedad cometidos sin violencia física, por ejemplo, escapar sin pagar lo que compraron en el quiosco; hurtar de carteras, billeteras, celulares; salir corriendo ante un control policial, etcétera", señala el informe de la Secretaría de la Mujer, Niñez, Adolescencia y Familia (Munaf) titulado "Jóvenes limitados en su libertad y privados del medio familiar".
La mayoría de los chicos limitados en su libertad tiene entre 16 y 17 años (56 por ciento). Muy por debajo le siguen los mayores de 18 años (23 por ciento) y los menores de 16 (21 por ciento).
Una vez cometido el ilícito, los jueces de Menores en lo Correccional deciden si el chico debe permanecer o no privado de su libertad. Ellos actúan en coordinación con la Munaf, que es el órgano encargado de los siete institutos provinciales donde se alojan esos chicos y que brinda los datos que hoy se publican.
De la totalidad de los chicos encerrados, 88 por ciento reside en los institutos socioeducativos provinciales (correccionales), mientras que el 12 por ciento restante permanece en un centro de evaluación y diagnóstico: es decir, en un instituto transitorio donde permanecen luego de cometer el ilícito hasta que el juez resuelva la situación (el regreso a sus familias, la inclusión en programas de libertad o la derivación a correccionales).
Opinión calificada
Gimol Pinto, especialista en Protección a la Infancia y Adolescencia de UNICEF, consideró que el estudio “Adolescentes en el sistema penal” realizado por SENNAF, UNTREF y UNICEF con información por primera vez relevada a nivel nacional, aporta nuevos elementos de análisis para el debate que logran superar una visión estigmatizante sobre los adolescentes infractores, y permiten orientar la actual discusión con insumos concretos para la construcción de un nuevo marco normativo-institucional nacional y provincial que siga los estándares de derechos humanos constitucionales e internacionales.
Los datos y desafíos más destacados del estudio consisten en:
a) las características del sistema: de 6294 adolescentes con causas penales, el 29% se encontraba privado de la libertad, en su mayoría por delitos contra la propiedad, efectuados sin armas.
b) la necesidad de un sistema especializado: un tercio de las instituciones que aloja a adolescentes son comisarías o penitenciarías, y no instituciones especializadas para jóvenes. También este déficit se ve en la aplicación de medidas no privativas de la libertad que concentra al 70% de la población abarcada, pero sin adecuado acompañamiento, por ejemplo: solo 9 provincias contaban con programas de libertad asistida.
c) la urgencia de cumplir con otros derechos para lograr una verdadera reinserción social: además de respetar las garantías judiciales, es necesario garantizar el pleno acceso a la educación brindando mayor cantidad y calidad educativa, formación para el empleo, y un adecuado acceso a salud.
Es imperioso reconocer que junto con la necesaria regulación de mecanismos a nivel nacional de rectoría, monitoreo, seguimiento, acompañamiento y asistencia, es indispensable una adecuada inversión presupuestaria para convertir una herramienta legal en un instrumento útil para la transformación e inclusión social en todo el territorio nacional; teniendo en cuenta que las medidas efectivas alternativas a la privación de la libertad no necesariamente son las más costosas.
La reforma legal nacional en materia penal juvenil debería enmarcarse en este proceso de transformación cultural e institucional para garantizar que pueda convertirse en generadora de nuevas oportunidades y otros futuros para los adolescentes infractores a la ley penal.
Fuente: periodismo social
Claudio Minoldo

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