Breaking News
recent

Niegan vigencia de ordenanza sobre ingresos y egresos


El asesor Letrado de Colonia Caroya fue al Concejo Deliberante a explicar por qué la ordenanza 1199/03 nunca entró en vigencia.

Durante gran parte de 2003, la puja entre los concejales de Colonia Caroya de ese entonces (Ghisiglieri, Rojas, Nicolini, Sosa, Serafini, Cragnolini y Visintín) con el ex intendente Héctor Nanini fue tremenda, tanto que Nanini vetó cuatro de las ordenanzas que sancionó el cuerpo de ediles.
El veto alcanzó al intento por normativizar las condiciones para ser procurador en los juicios que inicia la administración, a la creación del Consejo Deliberante Estudiantil, a los procesos que deben establecerse en la contabilidad comunal (ordenanza 1199/03), y a la convocatoria para elegir convencionales constituyentes.
En los dos últimos casos, el Concejo ratificó por unanimidad, mediante resolución, lo que había sancionado oportunamente y el Ejecutivo le respondió con un decreto en el que declaraba a dichas ordenanzas nulas de nulidad absoluta. Esto es lo que se entiende como conflicto de poderes y debiera ser resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba.
Pues bien, el TSJ entendió en uno solo de estos asuntos, el de la convocatoria a elecciones para convencionales constituyentes ya que las autoridades de ese entonces no llevaron a la Justicia la cuestión sobre la ordenanza 1199/03 que es la que debiera regular los procedimientos para los ingresos y egresos municipales.
Y aquí radica la discusión actual entre el oficialismo y el concejal del Frente Cívico y Social, Mario Rojas. Para Rojas, el Ejecutivo no tiene atribuciones para declarar una ordenanza “nula de nulidad absoluta” ya que ésa es una atribución de los jueces y, según su razonamiento, como la norma fue ratificada por el Concejo Deliberante mediante una resolución, la normativa está vigente.
Sin embargo, para la actual administración que encabeza Rodolfo Visintín, la ordenanza nunca entró en vigencia porque la Justicia no dirimió aquel conflicto de poderes planteado dentro del plazo previsto por la ley. Es decir, la posibilidad para que la justicia resuelva quién tenía la razón ya está prescripta. Ésa fue la explicación que llevó al seno del Concejo Deliberante el asesor Letrado municipal, Gustavo Nanini.
Antes de la intervención de Nanini, el oficialismo había dado a conocer un dictamen elaborado por el abogado Guillermo Naum, quien también asesorara a los ediles del radicalismo durante 2003. Naum se pronunció en su dictamen en contra de la validez de la ordenanza 1199/03.
Rojas se mostró contrariado con el trabajo del abogado y le señaló que no menciona jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia en cuestiones similares y donde, precisamente, uno de los actores es el municipio de Colonia Caroya en un fallo de 2004. “éticamente se pone del lado del que opuso el veto oportunamente”, señaló Rojas durante la sesión.
El concejal del Frente Cívico recordó que el actual intendente era concejal de la oposición durante 2003 y que no sólo aportó su voto para que la ordenanza se sancionara por unanimidad sino que ratificó la ordenanza cuando fue vetada por Héctor Nanini.
“¿Si somos oposición tenemos una actitud, y si somos gobierno adoptamos una posición distinta? En 2003, llevan a la Justicia la cuestión de las pasantías de ese entonces ¿y ahora hacen un contrato de pasantía por 9 mil pesos?”, preguntó Rojas durante parte del contrapunto que tuvo con Gustavo Nanini.
De hecho, Nanini responsabilizó al propio Rojas por la falta de vigencia normativa de la 1199/03: “El Concejo debió haber llevado hasta el TSJ el conflicto de poderes, pero ustedes no hicieron nada para que la ordenanza siga su curso. Cuando fue declarada nula de nulidad absoluta, debieron haber ido ustedes a llevar eso al TSJ y no lo hicieron y se quedaron esperando no sé qué”.
Más allá de las argumentaciones y explicaciones técnicas y jurídicas, lo concreto es que la norma nunca fue aplicada hasta el momento y, difícilmente, se aplique en adelante.
Claudio Minoldo

Claudio Minoldo

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.