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­­­­Dictaminaron falta de mérito en la causa que investiga faltantes en el IPEM 272


El Juez Oscar Patat decidió no elevar a juicio la causa donde se investiga si faltaron fondos de la cooperadora del IPEM 272. La causa vuelve al fiscal José Almeyda.

Es difícil resumir una compleja resolución judicial de 110 fojas en algunos párrafos y, tan difícil como eso, traducir en lenguaje llano lo que el jurista resolvió sobre una causa.
Lo cierto es que durante la semana, el Juzgado de Control, Menores y Faltas, que preside el juez Oscar Patat, debía notificar a las partes lo que resolvió en torno a la causa que investiga faltantes de dinero de la Cooperadora del IPEM 272 y la supuesta autoría material del delito de Defraudación por Administración fraudulenta por parte de Sebastián Montoya, Nélida Mabel Olivera y Luis Augusto Corazza.
La resolución de Patat concluye señalando: “no existen méritos suficientes, para elevar la presente causa a juicio y tampoco para dictar el sobreseimiento de los imputados Ubaldo Sebastián Montoya, Nélida Mabel Olivera y Luis Augusto Corazza, ...al no encontrarse cumplida la investigación penal preparatoria”.
En resumidas cuentas, que la prueba colectada por el fiscal José Raúl Almeyda resultó insuficiente para dirimir el hecho investigado y el juez Patat se la devolvió para que siga investigando. Vale mencionar que a fines de este año se cumplen cinco años desde que comenzó a instruirse la causa.

Algunas precisiones
Un dato interesante de la resolución de Patat se refiere a que la falta de asentamiento contable -que justifique egresos- no implica necesariamente que los imputados se hayan apoderado de dineros que no le pertenecen.
Pero, paralelamente, Patat deja en claro en sus consideraciones que tampoco existe certeza negativa que permita, a la fecha, exculpar a los encausados de responsabilidad penal.
El juez señaló en su auto interlocutorio del 23 de abril que de la causa no se desprende que hubo “convergencia intencional” entre los imputados para cometer una defraudación común a todos ellos.
“Sólo se ha demostrado a través del informe técnico Contable, la falta de respaldo contable suficiente de los egresos existentes (por diferentes razones), lo que constituiría un indicio de la existencia del resultado objetivo requerido para la consumación del delito, consistente en el perjuicio patrimonial; o bien, en el mejor de los casos, un caos en la registración contable de tal magnitud, que ha imposibilitado «realizar un balance que arroje un resultado con certeza de la gestión bajo estudio»”, valoró el juez en otro párrafo.
Sin embargo, añadió que eso, por sí solo, resulta insuficiente para sostener la existencia del perjuicio patrimonial, elemento esencial en la estructura típica de la defraudación. “La sola desprolijidad en el manejo de una administración o el desorden contable, no constituyen razón suficiente para indicar la presencia de administración fraudulenta; aunque sí, un indicio relevante de una deficiente gestión”, valoró el juez.
No obstante ello, los hechos que se investigan pueden ser susceptibles de generar responsabilidad civil por los daños causados, señaló más adelante Patat.

Los hechos
El fiscal José Raúl Almeyda imputó, en su momento, a Corazza, Montoya y Olivera como probables co-autores responsables del delito de defraudación por administración fraudulenta (Código Penal, art. 45 y 173 inc. 7°).
Guillermo Longhini asumió como Tesorero de la cooperadora del Sarmiento en mayo de 2004, y debía concluir su mandato en mayo de 2005, pero la cooperadora fue intervenida por la DEMES en diciembre de 2004.
Una vez que asumió, Longhini se puso a analizar un balance no aprobado -que había dejado la Comisión saliente- y advirtió, entre otras irregularidades, que había dobles imputaciones de un mismo gasto, omisiones de cobros que se habían efectivizado.
Con esa documentación, consultó a la contadora Clide González y elaboraron un nuevo balance correspondiente al período abril/2003 a mayo/2004, de la que surgieron numerosas falencias y, fundamentalmente, un faltante dinerario de aproximadamente $12.000.
Más tarde, el perito designado por el TSJ, Cr. Alfonso Corazza, concluyó que, entre abril/2003 y mayo/2004, hubo un faltante dinerario aproximado de $ 12 mil. Con la aparición de otros comprobantes la cifra se ajustó a $ 8.740,55 que los imputados no pudieron justificar.
Para el juez Patat, hay tramos de la investigación que no están completos y aún resta tomar declaración a algunos testigos que aparecen mencionados pero que nunca se presentaron en la sede judicial.
La comunidad educativa del colegio Sarmiento necesita saber qué fue lo que pasó realmente durante el período que investiga la justicia. Y querellantes e imputados imploran que esta causa se resuelva, para bien de unos y mal de otros, pero que se resuelva para que no quede la sensación de impunidad que suele acompañar las causas.
Claudio Minoldo

Claudio Minoldo

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